Voy a exponer en este artículo algunas consideraciones sobre el
PROYECTO DE DECRETO de la Xunta de Galicia-Consellería del medio rural y del mar, por lo que se regulan los aprovechamientos de madera,
leña, corteza, pastos y hongos en montes y terrenos forestales de
GESTION PRIVADA en la Comunidad Autonómica de Galicia. Estas consideraciones van
exclusivamente a lo referente a aprovechamientos micológicos. *
Los argumentos que aquí expongo, se refiere exclusivamente al Capítulo V del proyecto de decreto; Sección 1ª, Artículo 37, apartados 1 y 2; Artículo 38, apartado 2; Sección 3ª, Artículo 40, apartado 1 y Artículo 42, aparatados 1 y 2.
Los argumentos que aquí expongo, se refiere exclusivamente al Capítulo V del proyecto de decreto; Sección 1ª, Artículo 37, apartados 1 y 2; Artículo 38, apartado 2; Sección 3ª, Artículo 40, apartado 1 y Artículo 42, aparatados 1 y 2.
CAPITULO V. APROVECHAMIENTO MICOLÓGICOS
Sección 1º. Cuestiones comunes de los
aprovechamientos micológicos en montes y terrenos forestales de gestión privada.
Articulo 37. Condiciones
específicas en la realización de los aprovechamientos micológicos:
Proyecto de decreto:
1. Tanto en la fase de localización
como en la recogida de hongos no se emplearán más instrumentos para su extracción que un cuchillo o navaja,
los hongos se extraerán cuidadosamente con la punta de la navaja o cuchillo desde la
base del pie, con objeto que queden enteros, y teniendo perfectamente visibles todas sus características
que permitan su correcta identificación
sin dañar el micelio. Una vez extraídas restaurar la tierra o las hojas con
objeto que el terreno quede en las condiciones originales.
Consideraciones:
a) los
hongos se deberán extraer cortando el pie con una navaja o cuchillo a ras de
suelo, nunca metiendo la punta de la navaja o cuchillo para su recolección.,
cortando los hongos a la altura del suelo, nunca se dañarán las hifas de los
micelios.
Ejemplo:
Hongo arrancado por la punta
de un objeto.
Obsérvese en este dibujo que si arrancamos los hongos con las manos o lo extraemos con la
punta de un objeto, fácilmente podemos impedir que las hifas del hongo prosigan
su normal camino hacia la nutrición de otros hongos.
Ejemplo: Hongo cortado con una navaja o cuchillo
Obsérvese en este esquema que si cortamos los hongos
con una navaja o cuchillo a ras de suelo,
salvaguardamos las hifas de los micelios para que pasen sus nutrientes hacia
otros hongos.
b) Algunos hongos como el género Amanita, se precisa meter la punta del
cuchillo o navaja con objeto de extraer la volva para su identificación, puesto
que si la cortamos a ras de suelo, difícilmente podemos averiguar si se trata
de una Amanita, género donde se encuentran las setas mortales. El resto de los
hongos deberán cortarse.
Ejemplo: Amanita Phalloides (Mortal)
Obsérvese la volva de esta Amanita Phalloides (el
hongo que está tumbado a la izquierda), que si no la quitamos de raíz, no
podremos saber si se trata de la especie Amanita..
c) Pocos son los que tienen la
sensibilidad de reponer el terreno y las hojas para que todo quede con las
condiciones originales. Esto lo suelen hacer aquellos seteros que se dedican a
coger hongos para su degustación o los que tienen cierta sensibilidad y respecto por el medio ambiente.
Indudablemente todas aquellas individuos que recoleccionan hongos para
su venta, no se van a parar a restablecer el terreno dañado, puesto que en su
afan de recoger más y más hongos, no se paran en perder el tiempo en este menester.
Esto mismo, también ocurre
cuando se hace la tala de los árboles en los montes, desmochan las ramas y
después que las dejan tiradas en el suelo, con objeto de no hacer gasto de
recogida y transporte, y a la vez obtener
mayor plusvalía o beneficio, con el mínimo costo.
Proyecto de decreto:
2. Se dejaran intactos los ejemplares que no se
vayan a recoger por cualquier motivo, tanto por mala conformación,
estén rotos, alterados, por falta de interés
para la persona que realice el aprovechamiento, por dudas en su identificación
o cualquier otro motivo de similar naturaleza.
Consideraciones:
a) Esto lo solemos hacer la mayoría de los seteros que recogemos los
hongos para comer o para su ulterior estudio, pero no así de
aquellas personas que van a la búsqueda
de setas exclusivamente para su venta.
No sólo arrancan los hongos comestibles buenos o malos, sino que por su
ignorancia o malacia arrancan cualquier tipo de seta, por si posiblemente fuese
comestible.
b) Indudablemente los que van a la recogida de setas comestibles (sobre todo Boletus de carne blanca) para su
posterior venta, no se pararán a contemplar si los hongos están deformados,
roto o alterados, pequeños o grandes, en condiciones óptimas o muy adultas,
puesto que el comprador, es decir el especulador, les va marcar el precio de:
primera, segunda y tercera, comprando al vendedor todo tipo de Boletus de carne
blanca u otro tipo de hongo comestible.
c) Como quiera que vivimos bajo una formación socioeconómica cuyos medios
de producción son de índole privada, este tipo de formación emplean métodos depredadores para especular y no por necesidad, es lógico que en estos casos se den
estas paradojas en nuestra sociedad.
Artículo 38. Prácticas prohibidas
en la realización de los aprovechamientos micológicos.
Proyecto de decreto
2. El uso de angazos, rastrillo y azadas o
cualquier otra herramienta que altere la parte vegetativa del hongo.
En todo caso, la hoja del instrumento empleado no excederá de 11 cm de
longitud.
Consideración:
El uso de los utensilios arriba señalado deberá de estar prohibidos, puesto que el empleo de
los mimos, bien por descuido o mala
intención, dañara la vegetación y lasa hifas de los micelios. Se deberá usar
exclusivamente el cuchillo o navaja con objeto de cortar las setas a ras del
suelo.
Sección 3ª. Aprovechamientos
micológicos en montes o terrenos forestales acotados.
Artículo 40. Aprovechamientos micológicos en
montes o terrenos forestales de gestión
privada.
Proyecto de decreto:
1. Las personas propietarias de montes tienen
derecho al acotamiento de sus propiedades orientando su viabilidad
al mejor aprovechamiento micológico.
Consideraciones:
a) El proyecto de decreto les
confiere a los propietarios el derecho al acotamiento de sus
propiedades, pero no se dice nada sobre la obligación de tener los montes o terrenos forestales en
óptimas condicione de limpieza, con objeto de garantizar que en ellos puedan desarrollarse
los hongos comestibles, evitando al mismo tiempo, que se pueda propagar los incendios en los montes.
Ejemplo: Limpieza de monte de robles
Ejemplo: Limpieza de monte de castaños.
Ejemplo: Limpieza en montes de coníferas
Ejemplo: limpieza de bosques de coníferas
b) Estos cuatro ejemplos de bosques limpios son rara avis en la Comunidad
gallega, el 95% de la superficie de bosques en la Comunidad gallega son
auténticas selvas, llena de broza, tojos, zarzas, mato bajo etc. etc., maleza que
suele impedir el normal desarrollo de los hongos y, lo que
mucho más grave, sirve de almacén de comburente para provocar los incendios.
Ejemplo: de bosque de coníferas sin limpiar
c) En cualquier tipo de bosque que esté cubierto de maleza impiden el normal desarrollo y ulterior crecimiento de los hongos, por lo todos aquellos propietarios privados de montes, deberán tener al máximo limpio los montes, que garanticen que los que paguen el tributo de la recogida de hongos, tengan un mínimo de éxito. Al mismo tiempo esta limpieza de los montes hace que el riesgo de incendios minimizadfos.
Artículo 42. Señalización de los montes y terrenos forestales de gestión privada que presenten prohibiciones o restricciones con respecto a los aprovechamientos micológicos.
Proyecto de decreto:
1. Al objeto de que los posibles recogedores reconozcan el monte o
terreno forestal afectado por la restricción en materia de aprovechamientos
micológicos,
los propietarios de estos predios deberán acotar y señalizar el perímetro sometido a
restricción de acceso. Con esta finalidad se deberán emplear señales
claras y fácilmente visibles con la siguiente título en letras mayúsculas “Aprovechamiento
micológico restringido. Prohibida la recogida de hongos sin autorización”.
2. Estas señales deberán estar situadas en el recinto acotada a los accesos
principales del monte.
Consideraciones:
a). Los propietarios
no solamente deberán acotar y señalizar el monte, sino que también deberán
cercar la propiedad en todo su perímetro, donde van a obtener
un posible beneficio por la recogida de hongos.
b). No solamente se
deberían poner las señales en los accesos principales de lo montes, sino en
todo el perímetro del mismo o, en su defecto, cercar toda la propiedad a explotar.
c) Como quiera que
los medios de producción son privados, se tendrá que comunicar a los
propietarios de la explotación de hongos en sus montes, cuando éstos por la
causa que fuere ardiese, los gastos
ocasionados por la extinción de los incendios en “sus montes” serán a su exclusivo cargo y no
a cargo del contribuyente.
d) Según la ley 43/2003
de 21 de noviembre, de Montes en su Artículo 11. Montes públicos y montes
privados, capítulo 2 dice:
“Son montes públicos los pertenecientes al
Estado, las comunidades autónomas, a las entidades locales y a otras entidades
de derecho público”.
e) Sobre
esta particularidad nada se menciona sobre los montes públicos, y si los mismos, van tener la misma
legislación sobre la recogida de hongos que el establecido en el proyecto de decreto para el
aprovechamiento micológicos de los montes privados.
* A mi modo entender la
regulación del aprovechamiento micológico será más formal que real, y más de
forma que de fondo, puesto que la presión sometida hasta la fecha en la recolección de hongos
comestibles, debido sobre todo a la
depredadora especulación, ha derivado en la casi extinción de estos tipos de hongos en
nuestra comunidad gallega.
Otro hándicap para el aprovechamiento de
hongos en los montes, está directamente relacionado con la limpieza de los
mismos, puesto que el exceso de vegetación y maleza impiden su normal
desarrollo. Los hongos no tienen la propiedad de las plantas verdes, que
transforman a través de la fotosíntesis solar y la clorofila los alimentos
inorgánicos en alimentos orgánicos, pero si que para su desarrollo requieren ventilación y
oxigenación.
A los especuladores por la compra de madera habrá que obligarles que al hacer la tala de los árbolesn no solo se llevaán los troncos limpios, sino que también se tendrán que llevar las ramas y peqaueños troncos, (si se llevan la madera limpia para especular, también tendrán que llevarse la mierda que quea en el suelo), dejando el monte lo más limpio posible para evitar lo que abajo se adivina.
Fotos: Alfonso Rey Pazos
Esquemas: Victoria Villar y el Bichero
Fdo. Alfonso Rey Pazos
Fecha:
23/01/2014 y 09/05/2014
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